ACUDE A MEDIACIÓN, SIN LLEGAR A LA VÍA JUDICIAL ORDINARIA.

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La mediación es un método alternativo de solución de conflicto.

Entendemos por conflicto, cuando dos o más personas no pueden resolver un problema en cuestión y no pueden llegar a un acuerdo, ya sea por sus diferentes ideas, pensamiento, intereses e incluso ideologías; en estos casos, la mediación permite resolver los conflictos sin llegar a la parte judicial.

El Art. 190 de la Constitución de la República, señala que: «Se reconoce el arbitraje, la mediación y otros procedimientos alternativos para la solución de conflictos. Estos procedimientos se aplicarán con sujeción a la ley, en materias en las que por su naturaleza se pueda transigir».

Al hablar de naturaleza transigible, nos referimos a que se puede llegar a un acuerdo en asuntos como:

Familia: Fijación de Alimentos, aumentos o disminución o liquidación. Régimen de visitas. Alimentos para embarazada.

Civil: Demarcación de linderos, Cobro de deudas, Incumplimiento de contrato, Indemnización por daños y perjuicios, Servidumbres.

Derivación judicial: Prescripción adquisitiva de dominio, Amparo posesorio, Acción Reivindicatoria, Liquidación de sociedad conyugal, Amparo posesorio, Daño Moral.

Inquilinato: Pago de cánones de arrendamientos atrasados, Desocupación del inmueble, Devolución de garantía, Incumplimiento de contrato de arrendamiento.

Laboral: Forma de pago de liquidación laboral, Forma de pago de jubilación patronal, Pago de sueldos atrasados.

No se puede llegar a mediación en casos como la violencia intrafamiliar, el robo, el hurto, violación, droga y de más materias de código penal.

Las mediaciones están guiadas por un tercero neutral llamado MEDIADOR, que se basada en los principios de voluntariedad, neutralidad, confidencialidad, imparcialidad y celeridad. Las mediaciones son voluntarias en ningún momento son obligatorias.

En caso de llegarse a un acuerdo, se suscribe el acta donde constarán los acuerdos. Esta puede ser total o parcial. Cada parte tendrá su acta y si una de las partes incumple los acuerdos que constan en el acta, la persona puede hacer ejecutar la misma y la parte que ha incumplido deberá responsabilizarse del acuerdo, de las multas e interese que las partes ha establecido en la misma.

La mediación te permite ahorrar tiempo y dinero. Son procesos más eficaces, rápidos, económicos y ponen fin al conflicto en un solo día. Tiene el mismo valor de una sentencia ejecutoriada y de cosa juzgada.

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