Asamblea Nacional aprobó devolver proforma 2020 con varias observaciones

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Tras un largo debate, la Asamblea Nacional decidió este miércoles 27 de noviembre, devolver al Ejecutivo la Proforma 2020 y la Programación cuatrianual 2020-2023. Lo hizo para que considere las observaciones realizadas y revise las asignaciones propuestas inicialmente.

El Pleno de la Asamblea acogió la moción del presidente de la Comisión de Desarrollo Económico, Esteban Albornoz, con 84 votos afirmativos, 16 negativos, 1 blanco y 1 abstención y emitieron alrededor de 20 observaciones devolviendo la proforma al Ejecutivo.

Algunas de la sugerencias fueron, presentar un plan de contingencia ante el riesgo que no se concrete el ingreso de USD 2 000 millones de la monetización de activos incluida en la Proforma, de saldos disponibles por créditos no ejecutados en el 2019 y la volatilidad que tiene el precio del petróleo.

Además, que se garantice la entrega de recursos a organismos de control y funciones del Estado. En relación con la asignación de recursos para las universidades y escuelas politécnicas, se solicitó que el Ejecutivo haga las transferencias por el concepto de gratuidad y apoye con acceso a créditos.

La Proforma del próximo año presentaba una reducción en el gasto por salarios de USD 455 millones; y, planteaba bajar USD 246 millones en arriendos, seguridad, limpieza y otros. Además, debido a que el próximo año será preelectoral, este presupuesto será prorrogado hasta el 2021.

El Ejecutivo tiene 10 días para enviar un nuevo documento o insistir en su propuesta original, conforme a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 295 de la Constitución:

«(…) En caso de observación a la proforma o programación por parte de la Asamblea Nacional, la Función Ejecutiva, en el plazo de diez días, podrá aceptar dicha observación y enviar una nueva propuesta a la Asamblea Nacional, o ratificarse en su propuesta original. La Asamblea Nacional, en los diez días siguientes, podrá ratificar sus observaciones, en un solo debate, con el voto de dos tercios de sus integrantes. De lo contrario, entrarán en vigencia la programación o proforma enviadas en segunda instancia por la Función Ejecutiva (…)»

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