Este 21 de noviembre, llegó a la Asamblea Nacional el proyecto de Ley de Reformas Tributarias, con el carácter de económico urgente. Cuenta con 50 artículos, cinco disposiciones generales y 10 disposiciones transitorias.
Esta normativa fue entregada tras un proceso previo de diálogo entre el Gobierno Nacional y diferentes actores políticos y sociales, según informó la Secretaría General de Comunicación (Secom).
El presidente de la República, Lenín Moreno, manifestó: “La principal coincidencia de todos: que el nuevo proyecto mantenga un espíritu solidario y quienes más tienen, aporten para asegurar la protección social de los que menos tienen”.
La Asamblea tiene 30 días para analizarla, debido a que el envío se realizó con carácter económico urgente.
Punto a punto el Proyecto de Ley de Crecimiento Económico:
- El IVA no sube.
- Tampoco crea ningún impuesto para los sectores más necesitados.
- Se mantiene la eliminación del anticipo del impuesto a la renta a los microempresarios.
- Se reducen los trámites tributarios a los emprendedores.
- A las empresas de los sectores industrial, agrícola y ganadería, afectadas por el paro de octubre, se les reducirá un 10% del valor a pagar del impuesto a al renta en el 2020. Esto es para las empresas de las provincias de Cotopaxi, Imbabura, Bolívar, Chimborazo, Cañar y Tungurahua.
- A 9 mil jóvenes se les condonará los intereses de los créditos educativos que no pudieron cumplir.
- Cero %$ de IVA a las tiras para medición de glucosa, las bombas de insulina y marcapasos.
- Los ciudadanos que mantengan deudas pendientes tendrán 120 días para pagarlas para que su historial crediticio quede limpio.
- Los agricultores también son favorecidos: las flores, el follaje y los tractores de hasta 300 caballos de fuerza ya no tendrán IVA.
- Se elimina el anticipo del Impuesto a la Renta y los negocios podrán avanzar mejor ya que se eliminarán más de 100.000 agentes de retención.
- A mayor ingreso, mayor aporte y mayor solidaridad. Por ello se propone una contribución única para sociedades con ingresos gravados mayores a un millón de dólares.
- Quienes perciben ingresos mayores a 100.000 dólares: solo podrán deducir de su Impuesto a la Renta los gastos correspondientes a enfermedades catastróficas, huérfanas o raras.
- 30.000 familias afectadas por el terremoto de 2016 y que recibieron crédito para reconstruir sus casas, ya no tendrán que pagar esa deuda.