La Asamblea Nacional en pleno, reunida ayer jueves 30 de julio, otorgó la amnistía a 20 líderes indígenas de la comunidad San Pedro de Cañar, quienes eran procesados desde el 2015 por secuestro y extorsión, por aplicar la justicia indígena.
La Amnistía se otorgó con el voto a favor de 112 asambleístas y establece que no se podrán ejercer acciones penales por hechos investigados en los procesos motivo de dicho indulto.
La moción fue presentada por el asambleísta José Serrano (AP), exministro del Interior entre 2011 y 2016, con base a un informe favorable de la Comisión de Justicia de la que forma parte, aduciendo que “Es el momento de reivindicar la paz social, la armonía de nuestro país, no solamente frente a esta pandemia sino a las pandemias que vendrán más adelante, pero sobre todo frente a la pandemia de la discriminación que han venido sufriendo nuestros pueblos y nacionalidades indígenas.
Otra de las intervenciones fue la de Verónica Yuquilema, quien manifestó que «las 25 comunidades de San Pedro de Cañar han dado continuidad a su derecho propio para resolver sus conflictos internos”; el Derecho Indígena debe ser analizado de forma integral, despejándose el pensamiento colonial, añadió.
Por su parte, el líder de la comunidad, Sergio Paucar, narró ante la Asamblea que desde el 2013 al 2015 ejerció el cargo de secretario de la justicia indígena de 25 comunidades de la provincia del Cañar, y que fue criminazado por la justicia ordinaria y que lo perdió todo e incluso sus hijos abandonaron la escuela, porque tuvo que entrar a la cárcel.
El presidente del Consejo de Justicia Indígena, José Sarmiento Jiménez, enfrentó 25 denuncias en su contra, pero fue sentenciado en tres casos; el primero, por daño al bien ajeno recibió cinco meses de cárcel y dos por secuestro sentenciado a cinco años cada uno.
Resuelta la Amnistía, se extingue la pena impuesta y se dispone el archivo de los procesos penales; además de la inmediata excarcelación en caso de las personas privadas de la libertad, la revocatoria de órdenes de captura y, la extinción de cualquier medida cautelar real o personal y pena alternativa a la prisión.