Trabajadores públicos y privados se acogen al régimen de teletrabajo

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Cerca de 200.000 trabajadores públicos y privados se acogen al teletrabajo.

Los acuerdos MDT-2020-076 y MDT-2020-077, expedidos por el Ministerio de Trabajo el pasado domingo 15 de marzo del 2020 regula cuatro modalidades de trabajo: teletrabajo, reducción, modificación o suspensión de la jornada laboral.

El objetivo de estas medidas es que la mayor cantidad de personas realicen sus actividades de manera remota sin afectar su situación laboral. Esta medida reduce las aglomeraciones y, con ello, los posibles focos de contagio del covid-19.

La adopción de teletrabajo será potestad de la máxima autoridad institucional del sector público y/o del empleador del sector privado y su registro es distinto.

En el público, la Unidad de Administración de Talento Humano deberá remitir al correo electrónico infoteletrabajo@trabajo.gob.ec el formulario de teletrabajadores emergentes colocado en la página web de esa cartera de Estado.

La ley establece que la jornada se puede reducir hasta 30 horas. “Si hay una disminución de la jornada laboral, tendrá como un efecto la reducción de la remuneración conforme lo establece el artículo 47.1 del Código de Trabajo”, recordó Andrés Madero, ministro de Trabajo.

En el caso de la suspensión de la jornada laboral, las partes podrán acordar la forma de recuperación. Esta puede ser de hasta tres horas diarias, posterior a la reactivación normal de actividades.

Sobre el uso de vacaciones, el funcionario aclaró que también debe ser mediante  un acuerdo entre las partes. “No puede ser una imposición por ningún lado de la relación laboral”, apuntó.

Las personas que requieran realizar denuncias o consultas al Ministerio de Trabajo pueden comunicarse a la línea gratuita 1800-266 822 o al correo denuncia@trabajo.gob.ec.

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