
La Defensoría del Pueblo presentó ante la Corte Constitucional, una acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario, ya que atenta contra los principios y derechos consagrados en la Constitución de la República, tratados, convenios e instrumentos internacionales de derechos humanos, así lo dio a conocer su titular, Dr. Freddy Carrión Intriago, mediante rueda de prensa.
El Defensor del Pueblo, solicitó la suspensión de la aplicación de la mencionada ley, hasta que la Corte Constitucional emita su sentencia definitiva, en virtud de que esta normativa contempla disposiciones jurídicas inconstitucionales que atentan contra los principios de irrenunciabilidad de derechos y del respeto irrestricto a la dignidad de las personas, los derechos a la contratación colectiva, a la seguridad jurídica, a la no precarización de la relación laboral, a la vida digna de las y los trabajadoras/es, entre otros.
Por su parte, José Villavicencio, presidente nacional de la Unión General de Trabajadores de Ecuador (UGTE), indicó que la ley mancilla los logros alcanzados en materia de derechos, por lo que las organizaciones sociales acudirán a la Corte Constitucional para presentar demandas de inconstitucionalidad y medidas cautelares.
Frente a ese anuncio, el Defensor del Pueblo recordó que la protesta social es un derecho reconocido por la Constitución de la República, y, ratificó que esta ley representa la regresividad de los derechos laborales, pues se impone la voluntad de las y los empleadores y la reducción de la jornada laboral y los salarios, afectando los derechos fundamentales a la salud, educación, alimentación.
“Si no hay trabajo no hay recursos, por lo tanto, crece la línea de pobreza. La presentación de esta acción de inconstitucionalidad busca garantizar, sobre todo, los derechos de las personas trabajadoras del país”, indicó Garzón.
La Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para combatir la crisis sanitaria derivada de Covid-19 genera violaciones a los derechos constitucionales, agrava la condición de vulnerabilidad de las personas trabajadoras e incentiva la irregularidad y desproporcionalidad en las relaciones asimétricas entre empleadores/as y empleados/as, afectando los proyectos de vida de las y los trabajadores y la actividad productiva del país.