La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, dio un plazo de 15 días al Estado ecuatoriano para que remita información, sobre la no inscripción del empresario Álvaro Noboa como candidato a la Presidencia de la República por el movimiento Justicia Social.
El documento remitido a Luis Gallegos, titular de la Cancillería de Ecuador el 15 de diciembre, hace un relato de los hechos, sentencias y resoluciones del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) y del Consejo Nacional Electoral (CNE), respectivamente, relacionadas con la eliminación de Justicia Social y las medidas de reparación integral emitidas a su favor, para que puedan realizar sus procesos de democracia interna, inscripción y calificación de candidatos, en el marco de las elecciones nacionales de febrero del 2021.
La CIDH menciona que ha llegado información hasta su seno, de que Noboa «busca ser candidato presidencial de Justicia Social, sin embargo, el 16 de septiembre el CNE revocó la personería jurídica de dicho partido político, siguiendo la recomendación de la Contraloría de la República. Por lo anterior, el señor Noboa no pudo ser registrado como candidato presidencial».
Continúa relatando la sentencia del Tribunal del 30 de octubre, del 8 de diciembre en las que se ordenó medidas de reparación integral para la organización política luego de ratificarle su personería jurídica; así como las resoluciones del Consejo Electoral con las que se resolvió solo dar «continuidad» a las inscripciones realizadas dentro del calendario electoral; e incluso, alerta de que los consejeros no dieron «quórum» en tres convocatorias a sesiones plenarias para tratar la sentencia de justicia electoral.
La información de la CIDH «indica serias preocupaciones sobre los impactos de las decisiones del CNE respecto a los derechos del debido proceso y participación de Álvaro Noboa, que podrían representar afectaciones a la institucionalidad democrática del país».
En esa línea, solicita que se le «ilustre» y proporcione la información sobre los hechos indicados en 15 días, y sobre puntos como el «estado que guarda el proceso de inscripción de Noboa en el Consejo Nacional Electoral tras las resoluciones del Tribunal Contencioso Electoral».
«Los recursos disponibles para la protección de los derechos de participación política de personas en los casos de no ejecución de resoluciones del TCE», y «cualquier otra información que el Estado considere relevante para informar a la Comisión».
Hasta el momento, no habido un pronunciamiento de los organismos nacionales, sobre este pedido de información.