Fiscalía pide pena máxima para procesados en Caso Sobornos

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“La autoría mediata por dominio de organización”, es la teoría jurídica que mantiene la Fiscal sobre el caso.

La fiscal general del Estado, Diana Salazar Méndez, presentó su alegato de cierre, en el décimo tercer día de audiencia de juzgamiento contra veintiún procesados, por su presunta participación en el delito de cohecho.

“La autoría mediata por dominio de organización”, es la teoría jurídica que mantiene la Fiscal con la que se demostró la existencia de una estructura de captación irregular de dinero, liderada por el expresidente Rafael Correa, y que se evidenció la entrega y recepción de sobornos por parte de varios empresarios, con lo que se probó la existencia del delito.

Con ese antecedente, pidió al Tribunal que los procesados sean sancionados con el máximo de la pena, aumentada en un tercio, por existir la agravante de haber ejecutado el hecho punible con la participación de dos o más personas. También solicitó una reparación integral de 1.130’420.108 dólares, que corresponde a la suma de todos los contratos señalados dentro de la trama, además de disculpas públicas a la ciudadanía y la publicación de la sentencia en los portales web de las entidades afectadas y en tres diarios de circulación nacional.

Fiscalía aseguró que, con las pruebas presentadas, se demostró que existieron niveles jerárquicos, codificaciones y jerga criminal para la comisión del delito; y que la estructura delictiva recaudó 7’575.196,09 dólares. De estos, 6´570.696,09 dólares por cruce de facturas y 1’004.500 dólares en efectivo.

La acusación fiscal está basada en el cohecho previsto en el artículo 286 del Código Penal (CP), que mantiene una pena de tres a seis años, y que tiene concordancia con el artículo 280 incisos segundo y cuarto del Código Orgánico Integral Penal (COIP) vigente desde 2014, que habla de un cohecho con penas de tres a cinco años.

Por ahora, los jueces Iván León, Iván Saquicela y Marco Rodríguez preparan su veredicto sobre el delito de cohecho y deberán llamar a una nueva audiencia para dar a conocer de forma oral su decisión. Pero no hay plazos. Eso está normado en el Código Penal. En el artículo 619 se dice que el fallo debe contener al menos seis aspectos.

Es decir, de acuerdo con los plazos fijados por el COIP, el trámite entre la emisión de una posible sentencia hasta el último recurso tomaría al menos 49 días para que la pena quede en firme. Pero los penalistas advierten que estas disposiciones legales no se cumplen.

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