Desde hace algunos años atrás, los comicios electorales han presentado distintas manifestaciones de propaganda, donde de manera paulatina se han ido tomado el espacio público y su entorno de manera agresiva; por ello, se han generado normas que regulan la propaganda electoral en el espacio público.
En Riobamba se aprobaron las ordenanzas No. 01-2014 que regula la propaganda electoral y la No. 013-2017 Código Urbano, libro V y sus Disposiciones Derogatorias Segunda y Tercera. Entre las prohibiciones para la generación de la Campaña Electoral, previstas en esta normativa, están: en el Centro Histórico queda prohibida toda publicidad electoral a excepción de poner afiches en vidrios o ventanales que se encuentren dentro de alguna edificación.
Jairo Auncancela, Director de Ordenamiento Territorial, dio a conocer que queda prohibido colocar publicidad en árboles, espacios públicos, postes, en señales de tránsito, no se puede pintar directamente en fachadas, paredes o murales, para mantener la armonía urbana.
Las sanciones por incumplimiento de esta normativa serían las siguientes:
- La colocación de propaganda electoral en las zonas determinadas como Centro Histórico será sancionada con el equivalente a 2 remuneraciones básicas unificadas y el retiro de la propaganda electoral.
- Instalar publicidad sin cumplir con las especificaciones previstas en el Libro V de la Ordenanza 013-2017, será sancionada con el 50% del salario básico unificado.