El 26 de abril, el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) resolvió negar el recurso ordinario de apelación interpuesto por el señor Nelson Patricio Muñoz Rubio, director Provincial de Chimborazo del Movimiento Político “Unión Ecuatoriana” lista 19, del ex candidato a Alcalde de Riobamba John Vinueza.
El TCE negó la petición señalando que no tenía legitimidad activa para presentar el recurso, es decir, no era quién debía comparecer a este organismo conforme a la normativa electoral vigente.
El Movimiento Político Unión Ecuatoriana, Lista 19 participó en ALIANZA con las Listas 8-17-19; por lo que, correspondía al procurador común presentar los recursos y reclamos al órgano electoral competente, más no a los directores provinciales:
(…) Otro elemento que debe quedar claro es el hecho de que en las alianzas, las organizaciones políticas ceden su personeria momentáneamente y mientras duren éstas, son los Procuradores Comunes quienes presentan los reclamos, las acciones y los recursos y no el representante legal de la organización política que forma parte de esta alianza. (…)
Tribunal Contencioso Electoral, mediante sentencia dentro de la causa Nro. 044-2017-TCE