El Frente Ecuatoriano Por la Defensa de Los Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos, a través de su cuenta oficial de Twitter, mantiene activo el hashtag “La salud no se objeta” sustentando que el Código Orgánico de la Salud debe garantizar el acceso a la educación en salud sexual y reproductiva.
Hoy, 25 de agosto de 2020, en la Sesión del Pleno Virtual 597 de la Asamblea Nacional, se realizó el segundo debate del Proyecto del Código Orgánico de la Salud. Varios colectivos de mujeres se hicieron presentes durante la transmisión del pleno virtual, con el fin de exigir que se modifique del cuerpo articulado, el párrafo que disponía a los profesionales de la salud acogerse a la objeción de conciencia en caso de que no acepten prescribir, implantar o realizar el procedimiento anticonceptivo elegido por las y los usuarios.
La objeción de conciencia significa:”Razón o argumento de carácter ético o religioso que una persona aduce para incumplir u oponerse a disposiciones oficiales (…)”. Natalia Rocha, abogada, mencionó que los derechos sexuales y reproductivos son derechos humanos, y ninguna norma puede restringir su contenido. Además enfatizó que en caso de haber sido aprobada tal cual la propuesta presentada para la Reforma al Código Orgánico de Salud, representaba un grave retroceso en derechos humanos.
Tras el debate sostenido durante el pleno, finalmente la Asamblea aprobó el Código Orgánico de la Salud y a su vez, decidió eliminar el artículo que permitía la objeción de conciencia. SURKUNA Ecuador, en su página oficial, mencionó que este logro fue gracias a la presión generada desde las organizaciones feministas.
LO QUE SE VIENE
Ahora, el Código Orgánico de la Salud, pasará a conocimiento del Ejecutivo con el fin de continuar con el trámite correspondiente.