La resolución Nro. MDT-2020-022 del Ministerio de Trabajo, emitida el 28 de abril, que determinaba que el coronavirus no puede considerarse como una enfermedad profesional ni un accidente de trabajo, provocó el rechazo y la reacción de varios gremios de trabajadores.
Así, la Federación Médica Ecuatoriana y la Unión General de Trabajadores del Ecuador, manifestaron su inconformidad e indicaron que esta resolución se constituiría en un atentado a la vida miles de trabajadores que se han contagiado a consecuencia de sus actividades durante las últimas semanas.
La Defensoría del Pueblo se manifestó en el mismo sentido, a través de un pronunciamiento en el que exhorta y exige al Gobierno Nacional dejar sin efecto la resolución que determinan que el coronavirus no constituye un accidente de trabajo.
Ante esta reacción, el Ministerio de Trabajo este 29 de abril de 2020, emitió una nueva resolución para reformar su anterior decisión respecto a considerar al covid19 como una enfermedad laboral.
El contenido de la resolución del 28 de abril, mencionaba en su artículo 1: «Determinar que la enfermedad del coronavirus (COVID-19) no constituye un accidente de trabajo ni una enfermedad profesional, en virtud que la misma fue declarada el 11 de marzo por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como pandemia.»
Por su parte, la última resolución Nro. MDT-2020-023 establece: «Determinar que la enfermedad del coronavirus (COVID-19) no constituye un accidente de trabajo ni una enfermedad profesional, en virtud que la misma fue declarada el 11 de marzo de 2020, por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como pandemia, a excepción de aquellos casos en los que se pudiera establecer de forma científica o por métodos adecuados a las condiciones y a las prácticas nacionales, un vínculo directo entre la exposición a agentes biológicos que resulte de las actividades laborales contraídas por el trabajador.”